DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
1.- Explica cuando empezó a desarrollarse el derecho
internacional:
A partir del
siglo XVI, época en la cual aparecen en Europa los primeros estados nacionales.
En el siglo XX, se desenvuelve bajo el principio de la Soberanía, lo que no
facilitaba la creación de una sociedad internacional. En la época moderna, en Europa
se estableció la igualdad religiosa, el idioma francés como el lenguaje diplomático,
se establecieron embajadas permanentes entre otros.
2.- Menciona cual es la definición del Derecho Internacional
Público. (Moderno)
Ya se le da a
la persona el estatus como sujeto del derecho internacional público, el individuo
obtiene la capacidad de reclamar la protección de los Derechos humanos ante
instancias del gobierno, esto define al derecho internacional público moderno
como el “conjunto de normas jurídicas que regulan no solo las relaciones entre
los estados sino también la relación entre sujetos”.
En cambio en
el clásico los individuos no son sujetos de sus normas, el derecho
internacional lo definen como “el conjunto de normas y principios jurídicas que
regulan la relación de los estados entre sí”
3.- ¿Quiénes son los sujetos del Derecho Internacional Público?
- El individuo
(destinatario real de toda norma jurídica)
- organismos
internacionales que tengan personalidad jurídica
- la Soberanía
orden de Malta
- grupos
beligerantes (naciones que están en guerra), para poder adquirir derechos y
obligaciones internacionales deben de tener: un mando responsable, ser parte de
las relaciones del estado, hacer actos de gobierno y seguir las Leyes de
Guerra.
- los
territorios fideicometidos; territorios administrados por una potencia pero
respetando su soberanía (puerto rico)
- Comité
Internacional de la Cruz Roja
- La Santa
Sede (Vaticano)
4.- Menciona y explica las divisiones del Derecho Internacional
Público.
Las divisiones
fueron propuestas por Hugo Grosio, el D.I.P. actúa dependiendo de la situación en
que se encuentren los estados.
a) De Paz y
Guerra
ü De paz; regula relaciones jurídicas internacionales en tiempo de
Paz
ü De guerra; estable derechos y obligaciones entre los estados en
conflicto y los neutrales (cuando dos o más estados están en guerra)
5.- ¿Cuáles son las funciones del Derecho Internacional Público?
ü Establecer y garantizar los derechos y deberes de los sujetos
internacionales
ü Promover la defensa de los derechos humanos
ü Evitar actos de violencia (lograr convivencia respetuosa y
agradable entre las partes)
ü Garantizar la Paz Universal
ü Regular las relaciones entre los estados y éstos con los sujetos
del derecho internacional
ü Reglamentar las competencias de los Organismos Internacionales
ü Proporcionar a los sujetos del D.I.P. soluciones pacíficas para
no recurrir a la Guerra (arbitraje entre dos estados que solucione litigios)
6.- ¿Cuáles son las críticas al Derecho Internacional?
Entre negadores
y defensores
Para los
negadores del D.I.P.
ü Todas las relaciones internacionales descansan única y
exclusivamente en el principio de la Política de Fuerza, que en vez de regular
las relaciones internacionales de poder, simplemente aparecen como reflejos de
las modificaciones de poder.
ü No puede hablarse de una autoridad soberana en las relaciones
internacionales puesto que en ellas existe la enemistad y el estado de guerra
latente (nadie está en común acuerdo)
ü No existe un Estado Mundial y por lo tanto no se puede hablar de
un verdadero D.I.P.
ü La vigencia intermitente no permite que sea normas jurídicas
Los defensores
argumentan que
ü siempre debe de existir un juez para aplicar normas
internacionales, puesto que el Derecho es autoridad del juez, y éste último NO
LO CREA sino que LO APLICA.
ü Comentan también que la falta de sanción sucedía porque la carta
de la ONU establecía regímenes de sanciones que no se respetaban.
ü En la actualidad existe ya una ejecución coactiva judicial es
decir, ya hay organizaciones que se ocupan de litigar los conflictos
internacionales.
ü El D.I.P. se dirige a los estados como unidades de
dirección y actuación, es decir, que debe
reflejarse en las normas de cada país.
7.- Conceptos de las fuentes del Derecho Internacional Público:
- Positivista = la única fuente del D.I.P. es
el acuerdo de voluntades; ya sea de forma expresa (tratados internacionales) o
forma tácita (la costumbre).
- Objetivista
= fuentes del derecho de gentes, apoyada en la distinción de fuente creadora
(verdaderas fuentes del derecho) y formales (tratados y costumbres que no crean
derecho sino hacen constar).
8.- ¿Qué son los tratados internacionales y como se clasifican?
Los tratados
internacionales son aquellos factores de tipo social, político y económico
aptos para crear o formar normas jurídicas internacionales por sí mismas,
aplicables a las relaciones de los Estados y demás sujetos del D.I.P., es decir
las fuentes directas/materiales, como por ejemplo la creación de normas para
combatir los secuestros y acciones guerrilleras.
Se clasifican:
ü Tratados Multilaterales o Colectivos = las reglas son aceptadas
por la mayoría de los estados (la convención de la Viena)
ü Tratados Bilaterales = implica la obligación de dos países
(tratado de Venezuela y Colombia por el Golfo de Venezuela)
ü Tratados-contratos = realización de un negocio jurídico que
implica prestaciones reciprocas entre los estados pero que cada uno persigue objetivos
distintos.
ü Tratados normativos = formulan un regla de derecho y la voluntad
de todos los que forman tienen idéntico contenido, todos se rigen de acuerdo a
las mismas normas.
Los Estados
pueden firmar un tratado con reserva, es decir, pueden excluir o modificar los
efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese
estado para cualquier anomalía que pudiera existir.
9.- Habla de la costumbre del Derecho Internacional Pública y
como se clasifican:
Son las formas
en que se manifiesta una comunidad, están formadas por un conjunto de reglas
que se revelan no solo por la repetición de los actos acompañados de un
sentimiento de obligatoriedad de un mismo hecho, sino que dados actos se realizan
con el convencimiento de que se están cumpliendo obligaciones positivas para su
territorio o ejecutando un derecho. La costumbre es muy aplicada, se debe de
respetar el modo de vivir de las personas, sus lineamientos tradicionales. Por ejemplo
a un pueblo indígena no se puede llegar de la noche a la mañana a imponer
normas modernas a las que no están acostumbrados.
Tipos de
Costumbre:
ü Universal = participa la mayoría de los Estados para su
creación, la cual obliga a todos los demás que no están en acuerdo. Al menos
que desde un principio se hayan negado de manera permanente y persistente.
ü Regional = sólo participa un grupo de Estados, (ejemplo el
derecho a asilo, sólo se da en los Americanos), su obligatoriedad no es para
todos los Estados, sólo para los que fueron participes y usualmente se
encuentres unidos por lazos históricos, geográficos, económicos, etc.
ü Bilateral = participan dos Estados y sólo en ellos existe la
obligatoriedad.
10.- ¿Que es la Jurisprudencia Internacional?
El art. 38 del
Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia establece que éste aplicará
“las decisiones judiciales como medio auxiliar para la determinación de las
reglas de Derecho”; se está refiriendo a la Jurisprudencia Internacional y
entendemos por ésta como el conjunto de reglas jurídicas que se desprenden de
las decisiones judiciales internacionales.
La
Jurisprudencia no es fuente (en sentido estricto) del Derecho Internacional
sino un medio auxiliar para la determinación del mismo. Esto explica su falta
de obligatoriedad para casos similares posteriores establecido en el art. 59
del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia que dice que “no es
obligatoria sino para las partes en litigio y respecto del caso que ha sido
decidido”.
Sin embargo,
una minoría de la doctrina considera la Jurisprudencia como una especie de
“Costumbre Judicial” (repetición de juicios) y afirmando que en numerosas
sentencias los Tribunales hacen alusión a sentencias anteriores por ellos
falladas.
Funciones de
la Jurisprudencia Internacional - Son dos:
1) -
Interpretación del Derecho Internacional (Tratados, Costumbre y Principios
Generales del Derecho)
2) - Medio de
prueba para proclamar principios fundamentales existentes en el Derecho Internacional,
o costumbres, es decir, para solucionar la incertidumbre existente sobre las
normas no recogidas por escrito y precisar su contenido.
Realizado por Karen Zumaya
Como complemento a tu información, efectivamente los tratados internacionales son una fuente del derecho internacional público, de hecho los tratados internacionales son la fuente principal de donde emanan las normas del derecho internacional público, se trata de un acuerdo de voluntades entre dos o más Estados implicados plasmado en documentos, en donde se consigna por escrito las obligaciones y los derechos para los jurantes, lo que da una mayor credibilidad o seguridad, regulando la conducta de los estados entre sí y órganos internacionales con el fin de promover y proteger el respeto de los derechos humanos, la paz y la armonía entre los estados.
ResponderEliminarYo considero que el Derecho Internacional Público, tiene algunas partes de complejidad, por que aunque trata de ser parte de una sistema modernista y globalizado, donde ve a todos los sujetos y estados de igual manera, no deja de haber desigualdad, por ejemplo en el video se habla mucho de lo que es la ONU (Organización De Las Naciones Unidas) y la primera pregunta que se me ocurre plantear es donde esta la sede de dicha organización, y en efecto nos daremos cuenta de que se cuenta en Estados Unidos, la nación más poderosa en el mundo, así pues es que se esta en desventaja considerando que las acciones ejercidas por dicha nación afecta a otras, y es por eso que concuerdo con algunos de los puntos que se trataron en el video en dónde se hablaba de un juez y de quien crea los derechos, como encontrar la neutralidad para el ejercicio de justicia mundial y como nos veremos como una sociedad mundial más allá de vernos como una nación, me parece muy lógico el hecho de pensar que cada país defenderá sus intereses y buscara la manera de sobresalir sobre los otros y es un caso que esta presenté en muchos sectores como el económico, político y social, por ejemplo la calidad de vida de un africano, no es la misma que la de una americano, así como los alcances de las comunicaciones y tecnologías, y las guerras muchas veces son un conflicto a causa de los beneficios que se puedan obtener como el petróleo que es muy valioso, vemos a diario en personas y países que el poderoso somete al indefenso, y es que llego a la conclusión de que estamos muy lejos de encontrar un derecho internacional igualitario, indicado, y que logre La Paz que tanto necesitamos.
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