miércoles, 16 de enero de 2013


TEORIA GENERAL DEL PROCESO

DEFINE:

1.- Proceso:-

Es la añadidura y valoración de documentación escrita en toda causa civil o criminal que sirve para entender y esclarecer los hechos.

Referencia de: “Definición de proceso - Qué es, Significado y Concepto” http://definicion.de/proceso/#ixzz2IAr8TyvO

2.- Litigio:-

Es un proceso judicial, una discusión legal de voluntades generadas por pretensión, invocada en el proceso por la parte actora y la resistencia de la demanda y que está regida por todas las normas y condiciones que se deben respetar frente a un órgano judicial superior: Juez.

Referencia de: http://conceptodefinicion.de/litigio/

3.- Elementos de litigio. (Explicado)

Son dos:

ü  Sujetos = La existencia de dos sujetos; uno que pretende (actor) y uno que resiste (demandado); es la exigencia de la subordinación del interés ajeno al propio; si no hay pretensión no hay litigio.

ü  Bien jurídico = material o inmaterial

Cada sujeto recibe el nombre de PARTE. Una parte PRETENDE y la otra parte RESISTE sobre el BIEN JURIDICO.   
Por ejemplo, un juicio mercantil, una demanda por incumplimiento de un contrato (de arrendamiento, venta, etc.)


Referencia de: http://www.slideshare.net/solartirado/teora-general-del-proceso


Realizado por
Karen Zumaya

2 comentarios:

  1. Como complemento a tu información, según José Chiovenda el proceso es una unidad jurídica, una organización jurídica o en otros términos una relación jurídica. Por su parte Víctor Fairén Guillén en su libro de Teoría General de Derecho Procesal, expone lo que para él se entiende por proceso y lo define como una serie de situaciones jurídicas contrapuestas de las partes, integradas por posibilidades, expectativas, perspectivas y cargas, concatenadas entre sí de modo ordenado y destinada a la consecución de satisfacciones jurídicas bajo la dirección del juez estatal.

    En resumen podemos decir que el término proceso proviene de la palabra procedere que en una de sus acepciones significa avanzar, camino a seguir, trayectoria a recorrer hacia un fin propuesto y determinado. Podemos definir al proceso como el conjunto de actos concatenados entre sí, desarrollados ordenada y progresivamente por las partes y el órgano jurisdiccional, dirigidos a obtener una decisión que actúe el Derecho Positivo a un caso concreto y singular.

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  2. Para Carnelutti el concepto de Proceso denota “La suma de los actos que se realizan para la composición del Litigio”.
    El proceso, en su propia naturaleza enteramente dinámico, el órgano jurisdiccional y quiénes acuden a él, desarrollan una actuación preliminar al dictado de un fallo con el objetivo ya indicado, es decir, de resolver la controversia planteada. Al conjunto de éstos actos es lo que se le denomina Proceso.
    Hay diferentes conceptos de Proceso pero en conclusión el Proceso es un conjunto de actos del estado como soberano, de las partes interesadas y de los terceros ajenos a la relación sustancial, actos todos que tienden a la aplicación de una ley general a un caso concreto controvertido para solucionarlo o derimirlo.
    Por otro lado Litigio no es un concepto esencial procesal porque todo procedimiento presupone un litigio, pero no todo litigio desemboca indefectiblemente en un proceso; es decir, el litigio no tiene esencia procesal, aunque siempre sea el contenido de todo proceso.El Litigio forma parte, en general, de los fenómenos de la conflictiva social o sinergia social, pues es el choque de fuerzas contrarias, una de las características más importantes de toda sociedad.Carnelutti, llamó al Litigio al conflicto de intereses calificados por la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia del otro.
    Entonces la diferencia entre Proceso y Litigio es: Litigio es un conflicto de intereses, osea se da la pretensión y la resistencia, si una pretensión nunca es resistida nunca nace el litigio, y Proceso es sólo un medio de solución o de composición de un litigio.

    Gracias!

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